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Temas de Desarrollo Sostenible

 

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Titulo III
De La Calidad De La Educación

CAPITULO I

DE LOS ASPECTOS LIGADOS A LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN

Art. 58.- La calidad de la educación es el marco de referencia del sistema educativo dominicano, que tiene como función garantizar la eficiencia y la eficacia global del mismo. Comprende la evaluación de los procesos, del producto, de los insumos y de los servicios que intervienen en la actividad educativa para satisfacer las necesidades de la sociedad.

Art. 59.- Constituyen parámetros determinantes de la calidad de la educación, los siguientes:

a) El rendimiento de los aprendizajes alcanzados por los estudiantes;

b) El grado de coherencia alcanzado entre los fines educativos, las estrategias para alcanzarlos y los resultados;

c) El nivel de eficiencia de los procesos administrativos y de gestión global del sistema. El Consejo Nacional de Educación reglamentará los parámetros a que se refiere este acápite.

d) La inversión de recursos, su racionalidad y adecuación que garanticen la puesta en práctica de la acción educativa;

e) El peso de la innovación, la investigación y la experimentación educativas;

f) Las características socioeconómica, afectiva, física y social del alumno;

g) Las características personales y profesionales de los educadores, la calidad de vida y las facilidades de que dispongan;

h) La programación académica, los contenidos curriculares y los materiales didácticos, deben estar en constante actualización;

i) Los procesos de aprendizaje y las estrategias metodológicas puestas en marcha;

j) Las condiciones físicas desde el punto de vista del ambiente en que se desarrolla la actividad educativa, incluyendo auras, laboratorios, bibliotecas, canchas deportivas, áreas de recreación, servicios de agua potable e iluminación y equipamiento;

k) El grado de compromiso y la intervención de la familia, el hogar y la comunidad en el proceso educativo;

l) La orientación educativa y profesional; La investigación educativa que se aplica para identificar los problemas del sistema y adoptar los correctivos a los mismos.

Párrafo.- Las autoridades encargadas de la supervisión y de la evaluación global del sistema, pondrán especial énfasis en el establecimiento de medidas correctivas, para los casos en que el proceso educativo no resultare de la calidad deseada.

Art. 60.- Se establece un Sistema Nacional de Evaluación de la Calidad de la Educación como el medio para determinar la eficiencia y eficacia global del Sistema Educativo.

Art. 61.- El Sistema Nacional de Evaluación de la Calidad de la Educación tendrá por funciones:

a) Disponer de informaciones objetivas del rendimiento escolar particular y general;

b) Establecer además de la evaluación sistemática y continua del rendimiento de los educandos, mediciones periódicas mediante un sistema de pruebas nacionales de término en los niveles y ciclos que el Consejo Nacional de Educación considere pertinente;

c) Evaluar sistemáticamente todos los parámetros determinantes de la calidad de la educación;

d) Utilizar la investigación y los resultados de las evaluaciones para mejorar la calidad de la educación.

Art. 62.- El Consejo Nacional de Educación queda facultado para elaborar el reglamento que norme el Sistema Nacional de Evaluación de la Calidad de la Educación , tal como se prevé en el inciso b) del articulo 216 de esta ley.

CAPITULO II

DEL FOMENTO DE LA INNOVACIÓN Y LA FLEXIBILIDAD CURRICULAR

Art. 63.- La educación dominicana estará siempre abierta al cambio, al análisis critico de sus resultados y a introducir innovaciones. Los cambios deben ser producto de las necesidades, de la reflexión, de las investigaciones y del aprovechamiento de experiencias anteriores. Las innovaciones nacionales tomaran en cuenta el desarrollo de la educación a nivel internacional.

Art. 64.- El currículo será flexible, abierto y participativo. La flexibilidad del currículo permitirá respetar las especificidades de los diferentes niveles, ciclos y grados, las características de los educandos y las capacidades de los maestros, así como las características y necesidades de las diferentes regiones y comunidades del país.

El currículo es abierto porque debe permitir su enriquecimiento, a medida que las exigencias de la sociedad lo requieran o por el desarrollo que se operan en la ciencia y la tecnología.

El currículo es participativo porque intervienen los diferentes sectores de la sociedad en las distintas etapas de su desarrollo.

Art. 65.- El currículo debe ser una respuesta desde el ámbito educativo al desarrollo integral del educando, a la problemática social y a la necesidad de democratización de la sociedad, formando para el ejercicio de la ciudadanía responsable. Para lograrlo, debe partir de la realidad circundante y tener la flexibilidad de adaptarse a las circunstancias variables en que se realiza y a los sujetos involucrados en su desarrollo. Conjugando los intereses del estudiante y las exigencias del bien común, se debe reconstruir con ellos el saber y fomentar el dialogo, el debate, la búsqueda del consenso, el compromiso en la acción y la cultura de la participación active.

Art. 66.- El proceso educativo se apoyara en los hogares, la familia, el desarrollo económico y la comunidad. Se fomentará la contribución de los padres y tutores a la consecución de los objetivos educacionales. El currículo debe tener la capacidad de incorporar a el las preocupaciones de los padres y de los miembros de la comunidad.

Art. 67.- En el proceso educativo se aplicarán la atención psicopedagógica y la orientación educativa y profesional de los educandos. El rendimiento escolar del alumno y el desarrollo de su personalidad serán objeto de especial y permanente atención en función de los múltiples factores que inciden en el. Se tomara en cuenta entre ellos las condiciones socioeconómicas, la formación previa del educando, el contexto, las características de los alumnos y las motivaciones que los animan.

Art. 68.- El currículo deberá considerar las diferencias geográficas, regionales y municipales del país y, de acuerdo con los criterios generales que establezcan las autoridades educativas, las distintas regiones introducirán modificaciones que lo adecuen a sus particularidades y a sus propias necesidades. Este proceso de adecuación curricular se llevara a cabo dentro de los lineamientos de la metodología participativa, con el objeto de que los cambios respondan a la realidad del medio.

Estas adaptaciones curriculares respetaran las características comunes del país y la necesidad de que se fortalezcan los aspectos de la educación que son esenciales para la formación del dominicano.

Art. 69.- El currículo deberá considerar las diferencias geográficas, regionales y municipales del país y, de acuerdo con los criterios generales que establezcan las autoridades educativas, las distintas regiones propondrán al Consejo Nacional de Educación, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 70, las modificaciones que lo adecuen a sus particularidades y a sus propias necesidades.

Tomado de: Secretaria de Estado de Educación de la República Dominicana